¿Se puede subrogar un contrato de renting?
La subrogación es un procedimiento jurídico aplicado por muchas entidades encargadas de arrendar bienes y servicios. Descubre a continuación todo lo referente a subrogar un contrato de renting.
¿En qué consiste la subrogación?
La subrogación es una cesión o transmisión de un bien o servicio contratado. Es decir, en este caso, se trataría de un cambio de un titular, ya sea una empresa, autónomo o particular que ha contratado el servicio de renting, por otro.
En este sentido, la sucesión que se realiza de una persona a otra implica que todas las obligaciones jurídicas que poseía una empresa o particular, son transferidas a una nueva entidad o persona.
¿Es posible subrogar un contrato de renting?
Cuando se trata de un contrato de renting, la subrogación es entendida como el traspaso de la titularidad de una persona a otra. Si un particular, empresa o autónomo decide subrogar su contrato, la empresa de renting cede el coche en cuestión y todos sus beneficios y características al nuevo titular del contrato de renting.
La subrogación en el renting es posible siempre y cuando figure en el contrato y con la debida autorización de la empresa arrendadora. También es fundamental que el nuevo titular esté al tanto de todas las cláusulas y condiciones, y acceda a continuar con el contrato de renting, comprometiéndose a llevarlo a término. El principal requisito para proceder a esta sucesión es contar con un nuevo arrendatario.
Si el cliente que contrató el coche de renting decide traspasar su contrato mediante la subrogación, la empresa de renting tiene la facultad de ofrecer el coche para cambiar la titularidad del contrato de renting y ceder los beneficios del coche al nuevo arrendatario.
El cliente que desea realizar la subrogación debe buscar al nuevo titular del contrato de renting. Puede tratarse de un cónyuge, familiar, amigo o conocido, siempre y cuando sea de mutuo acuerdo y se respeten las condiciones previamente establecidas en el contrato de renting inicial.
Casos en los que un cliente necesitaría subrogar su contrato de renting
Al momento de contratar un coche de renting, el autónomo, empresa o particular requeriría de un coche con características específicas de acuerdo a su actividad económica o sus preferencias personales durante un plazo de tiempo comprendido entre 24 y 60 meses.
Pero es posible que en este lapso de tiempo ocurran imponderables como tener que mudarse a otro país, el cese de la actividad o traspaso de la empresa, por enfermedad grave o simplemente por dejar de necesitar el coche. Si el cliente ya no necesita darle uso al coche de renting y considera que otro titular podría beneficiarse de su oferta actual, la subrogación es la mejor solución.
Además, los contratos de renting establecen pagar una penalización cuando el cliente decide anular su contrato antes de finalizar el tiempo estipulado. Gracias a la subrogación del contrato, el titular evita esta sanción, cediendo sus derechos como cliente a otro autónomo, particular o empresa que así lo requiera.
¿Cuáles son los beneficios de un contrato de renting subrogado?
El nuevo arrendador del coche de renting subrogado cuenta con los siguientes beneficios:
- Acceso a un coche de manera rápida y sencilla: la sucesión de los derechos del coche de renting de un titular a otro es un proceso rápido y sencillo. En pocos días podrás disponer de tu nuevo coche de renting.
- Sin costes adicionales: firmar un contrato subrogado no requiere de pagos extra ni fianza o entrada. Además, una de las principales ventajas de contratar un coche de renting es que los gastos de matriculación, seguros o impuestos corren a cargo de la empresa de renting, lo que supone un ahorro considerable frente a tener el coche en propiedad.
- Cuota mensual invariable: la cuota mensual a abonar es la misma, siempre que se mantengan las condiciones del contrato original. Cabe la posibilidad de renegociar factores como el kilometraje o ciertas características del vehículo, en cuyo caso la cuota sí podría variar.
- Seguridad y tecnología: los coches de renting subrogados son vehículos con poco uso y muy bien cuidados. Podrás disfrutar de coches muy bien equipados, seguros y tecnológicos.
¿El arrendatario original obtiene algún beneficio?
La interrupción de un contrato de renting antes de finalizar el tiempo estipulado conlleva el pago de una penalización. Esta se calcula en función del tiempo restante y los kilómetros recorridos. Al transferir el contrato de su coche de renting, el cliente evita el coste de la penalización.
Aunque no todas las circunstancias son iguales entre sí, los particulares y autónomos que deciden subrogar su contrato de renting lo hacen debido a cambios en sus actividades económicas, nuevos requerimientos en materia de coches, entre otros. La subrogación es una modalidad que siempre debe hacerse de forma gratuita y desinteresada.
Pasos para acceder a un coche subrogado
A continuación te presentamos los pasos a seguir para formalizar el contrato de un coche de renting subrogado:
Primero deberás valorar si el coche que te proponen subrogar se ajusta a tus necesidades, presupuesto y preferencias. Después, estudia las cláusulas del contrato, y verifica que estás de acuerdo con todas las condiciones. Si todo está en orden, tras haberse puesto en contacto con la empresa de renting, se hará una evaluación de tu solvencia para garantizar que podrás hacer frente a los pagos mensuales. Para ello se requieren una serie de documentos. Para las empresas, son los siguientes:
- DNI del apoderado
- Escrituras constitución y poderes
- IVA anual (modelo 390)
- IVAs trimestrales (modelo 303)
- Impuesto de sociedades (modelo 200)
- Balance año en curso
- Pérdidas y Ganancias
- CIF definitivo
- Recibo bancario
- Permiso de conducir vigente del conductor, por las dos caras.
En el caso de los autónomos se añade a la lista anterior la última declaración de la Renta. Por su parte, los particulares deberán presentar:
- DNI / Carnet de conducir
- Declaración de la Renta
- Nóminas
- Recibo bancario
Una vez presentada toda la documentación solicitada, se elaborará el nuevo contrato subrogado con los datos del nuevo titular, que deberá firmarlo. Asegúrate siempre de leer todas las cláusulas y de verificar que los datos son correctos.
¿Qué pasa si el titular del contrato renting fallece?
En el caso en que un usuario que contrató uno o varios coches de renting falleciera, el contrato se anularía al instante. Sin embargo, si los familiares cercanos solicitan una subrogación del contrato, y así lo estipula el contrato, sería posible traspasar la titularidad al cónyuge, pareja, hijos o hermanos.
En caso de que un familiar cercano decida subrogar el coche renting, deberá notificarlo por escrito a la empresa antes de que se cumplan tres meses desde el deceso del titular del contrato.
Estas condiciones se aplican únicamente con el mutuo acuerdo de las dos partes. De lo contrario, el contrato se anularía y se procedería a la devolución del/los vehículos.
¿Siempre es posible subrogar un contrato renting?
La mayoría de las empresas de renting cuentan con esta opción, pero no es una norma que se aplique a todas por igual. Para que sea posible optar por una subrogación de un contrato renting se deben establecer previamente las cláusulas y medidas. El titular deberá firmar las condiciones y particularidades que se derivan de su contrato.
Es importante leer detenidamente todas las cláusulas del contrato en lo concerniente a la subrogación, o en su defecto, contactar telefónicamente a la compañía de renting para solicitar asesoramiento en este sentido.
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15 comentarios
Carlos
Buenos días. Tengo un coche en renting me gustaría subrogarlo.
Saludos
Carlos
Estimados Sres.: En la actualidad tengo un coche en renting que se finaliza en diciembre. De este año. Me gustaria quitarme de alguna forma el vehículo (el vehículo está en perfecto estado y funciona bien) el problema es económico. Si deseo cancelar me penalizan con 2100 euros que no los tengo. Habría alguna forma de subrogar mi vehículo? O hacer alguna cosa similar?
Saludos y gracias
Miguel
Buenos día, Carlos.
Las opciones disponibles dependerán de las clausulas expuestas en el contrato firmado con el proveedor del renting (dueño del vehículo). La subrogación puede o no aparecer en el contrato.
En caso afirmativo debes solicitar los pasos a seguir que tengan predeterminados para poder llevarlo a cabo. Si no existe la posibilidad, puedes exponer tu situación actual y llegar a una solución con el proveedor.
Esperamos haber resuelto tu duda, gracias por tu comentario.
¡Un saludo!
Edu
Hola, me gustaría poner a disposición mi coche para subrrogarlo.
Que proceso debo seguir? Gracias
Miguel
Buenos días Edu,
Para proceder a la subrogación del vehículo lo primero has de comprobar que el contrato de renting te lo permite. Si es así, solicita el procedimiento a seguir al proveedor del coche, ya que cada uno tiene sus requisitos. Una vez aclarado lo anterior, deberías buscar a la persona que se haga cargo del coche de ahora en adelante. Si no tienes ningún familiar o cercano que esté interesado, existen plataformas que permiten publicitar tu vehículo para encontrar una persona.
Esperamos haber sido de ayuda, gracias por tu pregunta. ¡Saludos!
Laura
Hola, alguien conoce empresa que se dedique a etionar y anunciar un vehículo para subrrogacion?
Aquilino
Me gustaría subdrgar un coche de 250€ mensuales…saludo
Miguel
Hola, Aquilino.
Para subrogar un vehículo de renting puedes acordarlo con algún familiar o cercano que esté interesado y si no encuentras a nadie, existen plataformas que permiten publicitar tu vehículo para encontrar personas interesadas.
Gracias por tu comentario.
¡Un saludo!
jose manuel paredes corredoira
tengo un coche a nombre de mi novia y por circuntancias de la vida dado que viviamos juntos se rompio la pareja y el coche esta a su nombre y el renting tambien pero lo uso, yo ya que lo pago y en su momento no podia comprarlo ya que no tenia trabajo, y ahora se rompio la pareja y quiero poner el coche a mi nombre y seguir pagandolo, como puedo solucionarlo.
Alejandro
Hola buenas, quiero comprar un coche que está en rentig, el chico lo va a pagar pero me dice que hasta que no tenga los papeles originales no podemos hacer la venta,eso es cierto ?
La verdad es que me urge ya que estoy sin coche, se puede agilizar de alguna manera??
Gracias
Miguel
Hola, Alejandro.
Como te explicamos en el post, la empresa propietaria o arrendadora del vehículo es la que debe dar validez a esta operación, siempre y cuando venga especificado en el contrato que se pueda realizar.
Si es viable la operación, la agilidad en estos trámites variará en función de tanto la empresa propietaria del vehículo como del usuario interesado de cancelar su contrato de renting y cómo ellos mismos realicen esta gestión.
Un saludo.
María
Hola,
Tengo un vehículo en renting y deseo subarrendalo. El arrendador ha autorizado esta operación y mandado la documentación para rellenar y firmar por parte del nuevo arrendatario. He leído en comentarios a respuestas anteriores que existen empresas que hacen de puente entre, en este caso yo y el futuro arrendatario/a. Sólo he encontrado una que parece fiable per la operación, en el caso de hubiese un nuevo arendatario/a tiene un coste muy elevado. (más del doble de lo que pago de cuota cada mes por el renting) Me podrían facilitar los nombres de estas empresas para poder hacerme un estudio de todas la opciones y elegir la más conveniente.
Muchas gracias de antemano.
Saludos!
Miguel Jaquete
Hola, María.
Actualmente: LeasePlan, Leasys, Arval.
Un saludo y gracias por tu comentario.
Manuel Melgar Herrera
Hola, buenos días
Tengo un coche Renting contratado inicialmente con una empresa, esta empresa subrogó el contrato a otra empresa y cuando termina el plazo de utilización del coche, solicito la prórroga o el precio de compra del coche. La nueva empresa me dice que ni lo uno ni lo otro, que he de hacerme de un nuevo coche. ¿la nueva empresa está obligada a conservar las condiciones del contrato original?, ¿se puede negar a ampliar plazo y/o compra?
Miguel Jaquete
Hola, Manuel.
Te tiene que venir definido y detallado en las cláusulas de tu contrato de renting.
Un saludo.