Lugares en los que estacionar o parar acarrea una multa

Los lugares prohibidos para estacionar y parar que debes conocer para evitar las multas

Las multas de aparcamiento son unas de las sanciones más comunes, especialmente en zonas urbanas. Cada vez es más complicado encontrar un sitio para aparcar en un municipio, más aún sin ser residente, por lo que es posible equivocarse y parar o estacionar en lugares que conllevan una sanción administrativa. 

Si bien la normativa depende de la ordenanza municipal de cada ayuntamiento, el Reglamento General de Circulación establece unas normas básicas acerca de dónde se puede aparcar y dónde no.

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¿Quieres saber dónde no puedes parar o estacionar, de cuánto es la sanción o dónde la puedes pagar? No te preocupes, desde el renting de vehículos te explicamos todo lo que necesitas saber sobre las multas de aparcamiento para poder evitarlas.

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¿Cuál es la diferencia entre parar y estacionar?

Lo primero de todo es entender qué diferencia hay entre parar y estacionar. Hablamos de parada cuando el conductor permanece dentro del vehículo y este se encuentra detenido durante 2 minutos o menos. En cambio, se trata de estacionamiento cuando el vehículo se mantiene detenido por más de 2 minutos y el conductor no se encuentra en su interior.

Es importante diferenciarlos, ya que hay lugares en los que se permite parar pero no estacionar. Por ejemplo, está permitido parar en doble fila siempre y cuando el vehículo no obstaculice la circulación o suponga un riesgo para la seguridad, pero estacionar está prohibido sin importar la circunstancia.

Dónde no está permitido parar

Según el artículo 94 del reglamento general de circulación, que se puede encontrar en el Boletín Oficial del Estado, queda prohibido parar en diez circunstancias distintas. Te las explicamos a continuación:

  1. En curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, en sus proximidades y en túneles, ya que la visibilidad no es la adecuada en ninguna de estas circunstancias.
  2. En pasos a nivel, pasos para ciclistas y pasos para peatones.
  3. En los carriles o parte de las vías reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios.
  4. En intersecciones y sus proximidades si se dificulta el giro a otros vehículos, y en vías interurbanas si se genera peligro por falta de visibilidad.
  5. En raíles de tranvías, o lo suficientemente cerca para entorpecer su circulación.
  6. En los lugares donde se impida la visibilidad de la señalización a los usuarios a quienes les afecte u obligue a hacer maniobras.
  7. En autopista y autovías, salvo en las zonas habilitadas para ello.
  8. En los carriles reservados para el uso exclusivo del transporte público urbano, o en los reservados para bicicletas.
  9. En las zonas destinadas para estacionamiento y parada de uso exclusivo para el transporte público urbano.
  10. En zonas señalizadas para uso exclusivo de minusválidos y pasos para peatones.

¿Dónde está prohibido estacionar?

Asimismo, según el mismo artículo del reglamento general de circulación, hay lugares en los que está permitido parar el vehículo pero en ningún caso estacionarlo. Te contamos cuáles son:

  • En todos los lugares en los que está prohibido parar.
  • En los lugares habilitados para estacionar con limitación horaria si no se coloca el distintivo. Cuando el distintivo está colocado, está prohibido mantener el vehículo estacionado una vez superado el tiempo máximo permitido por la ordenanza municipal.
  • En zonas de carga y descarga.
  • En zonas señalizadas para uso exclusivo de minusválidos.
  • Sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones.
  • Delante de los vados.
  • En doble fila.

¿Cuánto tengo que pagar si me ponen una multa por mal estacionamiento?

Las multas por aparcar de forma incorrecta son sanciones administrativas, y el importe a pagar varía en función de si se trata de una infracción grave o leve. La cuantía oscila entre los 80 y los 200 euros, pero si se hace pronto pago se aplica una deducción del 50%. Estos son algunos ejemplos de infracciones graves que conllevan una sanción de 200 euros para el infractor:

  • Parar o estacionar en curvas o rasantes de baja visibilidad.
  • Estacionar encima de la acera.
  • Estacionar en doble fila.
  • No obedecer la señal de parada y estacionamiento prohibido.
  • Aparcar en zonas de minusválidos
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¿Qué tengo que saber sobre las multas de aparcamiento?

Las multas de aparcamiento, al igual que todas las sanciones administrativas, conllevan un procedimiento para ser notificadas, un proceso para recurrirlas o un plazo en el que la multa prescribe. Esta es la información que has de conocer antes de afrontar una multa de aparcamiento:

Cuándo prescriben las multas de aparcamiento

Una multa de aparcamiento leve prescribe si no ha sido notificada a los tres meses de haber cometido la infracción. En el caso de las multas graves, este plazo se amplía hasta los seis meses. 

Sin embargo, cabe recordar que las administraciones pueden detener este periodo si no consiguen localizar al dueño del vehículo. Si este es el caso, tratarán de notificarle la sanción por otras vías, siendo la última opción publicarla en el Boletín Oficial del municipio.

¿Puedo recurrir la multa?

Al tratarse de una sanción administrativa, todas las multas por mal aparcamiento pueden ser recurridas, sin importar si se tratan de infracciones graves o leves. Sin embargo, es importante tener en cuenta que una vez recurrida se pierde la opción de hacer pronto pago, por lo que, si el recurso no prospera, habrá que pagar el importe total de la multa.

Es fundamental revisar bien la notificación, ya que cualquier detalle puede ser válido para recurrir una multa, como una errata en el nombre del municipio, en el número de la matrícula del vehículo o en tu nombre y apellidos. La información sobre cómo recurrir viene recogida en la propia multa.

Qué hacer si recibes la multa y no eras el conductor

Si recibes una multa por mal aparcamiento y en ese momento no eras el conductor de tu vehículo, debes indicar en un plazo de 10 días desde que recibes la notificación los datos del infractor.

¿Dónde se puede pagar la multa?

La multa de aparcamiento, al igual que las distintas multas de tráfico, se pagan en función de quién te ha puesto la multa, información que te darán cuando la sanción te sea notificada. Si bien puedes abonar el importe de la multa mediante oficinas del ayuntamiento o sucursales bancarias, hoy en día este proceso es más rápido y sencillo que nunca, ya que se puede pagar por internet.

Si lo que quieres es saber cómo pagar una multa online, en nuestro Blog encontrarás una guía paso a paso que explica cómo hacerlo tanto a través de la sede electrónica de la DGT, como en su aplicación.

Ahora que conoces los lugares en los que está prohibido parar o estacionar, de cuánto es el importe de una multa de aparcamiento o la posibilidad de recurrirla, el siguiente paso es prestar mucha atención cuando aparques para no violar ninguna norma y evitar así las multas.

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