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Domiciliación Bancaria

La domiciliación bancaria es el pago de recibos periódicos a través de una entidad bancaria a la que se le autoriza para que realice un pago o un cobro sin que el usuario tenga que intervenir en cada transacción.

Estas órdenes de pagos son una forma automática que permite a las empresas cobrar a los clientes, siempre bajo su autorización y hasta nuevo aviso, a través de una cuenta bancaria. La domiciliación bancaria facilita los pagos de recibos.

Características de la domiciliación bancaria

La domiciliación bancaria está ligada al pago de servicios, como la factura del agua o de la luz, o suscripciones, como la suscripción al gimnasio. En el caso del renting, es una orden de pago permanente a través del banco de la cuota mensual de renting, así se procede al pago cada mes directamente desde la cuenta de la empresa a la entidad bancaria. Una forma cómoda que asegura el pago mensual de la cuota hasta nuevo aviso.

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Cómo funciona la domiciliación

Para domiciliar un recibo es necesaria una orden de domiciliación, es el documento que autoriza el cobro a la entidad bancaria.

Además, la orden debe cumplir con la norma SEPA. Esta norma facilita los pagos entre países.

¿Es obligatorio el mandato SEPA para la domiciliación?

Sí, para poder proceder al cobro de cualquier recibo o adeudo en nombre de una empresa, se debe poseer el mandato SEPA con la firma del cliente, todos los datos del acreedor y el deudor, la referencia de la orden, el código de la entidad, el IBAN, el tipo de pago, la fecha y el lugar.

¿Cuál es el plazo para devolver recibos SEPA?

El banco puede devolver un recibo, por el motivo que sea, 5 días después del pago. Después de este tiempo, es el cliente el que tiene que devolver el recibo en un plazo de 58 días después del cobro sin justificación.

El cliente puede devolver el recibo hasta 13 meses después del cobro, en el caso de que no haya una orden de domiciliación firmada.

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