Glosario de términos

Asegurado

Se entiende por asegurado la persona física o jurídica que es titular del contrato de un seguro.  En el caso de seguros de vehículos a motor, suelen ser personas y asumen las obligaciones derivadas de dicho contrato. Cabe recordar que por ley es obligatorio que un coche tenga seguro.

Por tanto, el asegurado va a sufrir sobre sus bienes o derechos, el perjuicio económico si es culpable de un siniestro y, en el caso de ser víctima de un accidente de coche, el beneficiario de la indemnización por parte de la empresa de seguros. 

Las partes

 Al contratar un seguro pueden darse las siguientes figuras:

  • Asegurado: persona o empresa que protege un seguro, bien sobre su persona (seguro de vida), bien sobre sus posesiones (seguro de coche). En definitiva, es la persona cubierta por un seguro.
  • Asegurador: es la propia compañía de seguros.
  • Tomador: el que se encarga de contratar el seguro y hacer los pagos. A esta figura también se la suele denominar suscriptor de la póliza.  Dependerá del tipo de riesgo que se esté asegurando.  Por ejemplo, en los seguros de coche en los que el asegurado es un joven, suele ser común que el padre o madre sea el tomador/a, puesto que es el que paga la cuota, siendo el hijo la persona cuyos daños cubre la póliza contratada. En el caso de las empresas, el tomador es la compañía, mientras que el asegurado es el trabajador, lo mismo ocurre con las empresas de alquiler.
  • Beneficiario: es aquella persona sobre la que van a recaer las prestaciones económicas del seguro. En los seguros de vida la persona no es la misma que el asegurado, ya que no tiene sentido recibir la prestación después de fallecer.

En algunas ocasiones se puede dar el caso de que el asegurado, el tomador y el beneficiario sean la misma persona. Existe otro ejemplo en el que el asegurado no aparece identificado en la póliza con nombres y apellidos, aunque sea un individuo. Esto suele ocurrir cuando las empresas cubren algunos de los riesgos de sus clientes.

Derechos del asegurado

El asegurado tiene derecho a conocer en detalle las condiciones del contrato del seguro, recibir la información sobre lo que éste cubre, contar con la asistencia de la compañía aseguradora en caso de accidente y ser el beneficiario de la correspondiente indemnización en los supuestos contemplados en la póliza. 

Cualquiera no puede ser asegurado de un objeto, debe tener un interés expreso en el objeto que se ha cubierto. Por otro lado, el asegurado, si es el que paga a la empresa de seguros, es decir, es también tomador, tiene derecho a modificar las coberturas de su seguro y que vienen recogidas en el contrato.

Deberes del asegurado

El asegurado, si coincide con la figura del tomador, está obligado a pagar a la compañía de seguros las cuotas correspondientes, así como las primas previstas en el cálculo realizado previo a la contratación del seguro. 

Otras obligaciones que tiene es la de comunicar a la empresa aseguradora si ocurre un siniestro o algún tipo de daño relacionado con el coche, o cualquier otra circunstancia acordada sobre el objeto asegurado, en este caso, el vehículo.

Asimismo, en caso de accidente el asegurado deberá remitir el parte o documento que recoge toda la información explicando el daño que ha sufrido el coche en un accidente.

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