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Carretera autonómica
Dentro de la clasificación establecida por la Red de carreteras de España existe un tipo que forma parte de la red secundaria de carreteras. En esta última, se encuentran incluidas aquellas denominadas carreteras autonómicas y cuya titularidad recae en una determinada comunidad autónoma.
Esto significa que cada comunidad autónoma regulará la red de carreteras que discurren por su territorio, salvo aquellas que dependan del Ministerio de Fomento y se rigen por la Ley 37/2015, de Carreteras del Estado. En aquellas comunidades que tengan más de una provincia, se excluyen las carreteras que pertenezcan a la Red Provincial, cuya competencia es de las Diputaciones.
Por su parte el diccionario de la Real Academia de la Lengua define a estas vías como carretera que transcurre dentro del territorio de una comunidad autónoma, y no está integrada en la Red de Carreteras del Estado. En resumen, se entiende como carretera autonómica aquella que es competencia del Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente.
La carretera autonómica, por lo general, cuenta con dos carriles y un arcén de hasta medio metro. Aunque según el tipo de carretera autonómica que sea, sus características pueden variar.
Clasificación de carreteras autonómicas
Si la carretera nacional tiene su señalización, la autonómica también. Sin embargo, el color de la señal variará en función del tipo de vía autonómica que sea. Se distinguen tres niveles, que veremos a continuación.
Carretera autonómica de primer nivel
Este tipo de vías tienen un panel identificativo de color naranja, con el texto en color negro. Las letras pertenecen a la comunidad autónoma en la que se encuentra y le siguen un número de dos o tres cifras que corresponde a su ubicación.
Tras las autopistas y autovías, son las siguientes carreteras en importancia de cada comunidad. Normalmente, soportan bastante tráfico y suelen ser más largas que las provinciales o locales. A veces, estas carreteras pueden desdoblarse como autovías, pero siguen siendo competencia de las comunidades autónomas.
Carreteras autonómicas de segundo nivel
También denominadas carreteras provinciales. Son aquellas que enlazan municipios entre sí o se emplean para unir ciertas zonas con las carreteras de primer nivel u otras carreteras de carácter estatal. Su señalética es de color verde, incluyendo además de las correspondientes letras, en color blanco, de la comunidad o la provincia a la que pertenezcan (en caso de ser provinciales).
Asimismo, le seguirá un número de dos o tres cifras. En estas carreteras la velocidad máxima permitida puede ser de 90-100km/h, dependerá de si hay o no arcén en la carretera. Estas carreteras de segundo nivel no suelen tener muchos kilómetros, ni suele haber demasiado volumen de tráfico.
Carreteras autonómicas de tercer nivel o locales
Estas pueden tener titularidad autonómica, provincial o local. Están identificadas con el color amarillo y letras negras que definen la provincia o localidad a la que pertenecen. En este caso, la velocidad máxima que se permite es de 90km/h. Son vías cortas que unen localidades cercanas o dan acceso a poblaciones aisladas o lugares de interés.
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