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Marcha atrás
La marcha atrás es una maniobra que permite mover el vehículo hacia atrás sin dar la vuelta. Esta relación de velocidad de la caja de cambios, permite invertir el servicio de rotación de las ruedas sin cambiar el sentido de rotación del motor. En general, para invertir el sentido de rotación del árbol de salida del cambio se recurre a un eje suplementario dotado de 2 engranajes que, si son de diámetros diferentes, dan lugar a una relación distinta de la que poseen las ruedas con que engranan. A veces, por economía, se adopta la interposición de un solo engranaje entre los 2 que componen la primera velocidad.
Los engranajes de la marcha atrás suelen carecer de dispositivos de sincronización y son de dientes rectos. Por esto se produce el ruido característico que se advierte circulando marcha atrás a cierta velocidad.
La maniobra de marcha atrás se efectúa habitualmente cuando es necesario retroceder o situar el vehículo en un lugar reducido. Es preciso tener presente que, mientras la parte delantera del vehículo sigue la acción de la dirección, la capacidad de dirección del tren trasero se halla determinada exclusivamente por la orientación de todo el vehículo. Por este motivo, es conveniente situar la parte trasera en la posición deseada y desviar el tren delantero con las maniobras de dirección adecuadas.
Cuando se circula marcha atrás, hay que tener en cuenta que la prioridad corresponde a los demás vehículos, por lo que no puede iniciarse la maniobra sin comprobar la posibilidad de que haya otro vehículo al que podríamos estar obstruyendo el paso. Además, se ha de circular con lentitud y procurando que el recorrido sea lo más corto posible.
¿Cuándo se puede circular marcha atrás?
El Artículo 31 de Código de Circulación indica que circular marcha atrás está prohibido. Cuenta con dos excepciones que permiten realizar esta maniobra cuando se cumplen unas condiciones determinadas:
- Podremos circular marcha atrás cuando no sea posible proseguir la marcha hacia delante, girar y dar media vuelta.
- Estará permitida cuando se trate de una maniobra complementaria en estas tres situaciones: una parada inferior a dos minutos, estacionamiento o aparcamiento e incorporación a la circulación con el vehículo estacionado/aparcado previamente.
El Código de Circulación establece otro escenario en el que está prohibido circular marcha atrás independientemente de las condiciones: no podremos realizar esta maniobra cuando estemos en una autopista o en una autovía. Es una infracción penada con una multa de 200 euros y la retirada de cuatro puntos en el carné de conducir.
Cómo circular marcha atrás
La Dirección General de Tráfico indica cómo se tiene que realizar la maniobra de marcha atrás. Deberás aplicar la regla básica de RSM: Retrovisor, Señalización y Maniobra. Recuerda que tendrás que utilizar los retrovisores todas las veces que necesites, mostrar la intención a través de la señalización y dar marcha atrás con precaución pero no demasiado lento, entorpeciendo lo menos posible el tráfico.
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